JVD Abogados Calle Hernán Pérez de Grado, 21, 35001 Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas
Descripción
JVD Abogados es una boutique de litigios fundada por dos expertos en procedimientos con amplia experiencia en prestigiosos despachos de abogados españoles e ingleses, comprometidos con la excelencia y la eficiencia en el ejercicio del derecho.
En JVD Abogados ofrecemos a nuestros clientes soluciones legales innovadoras y efectivas basadas en un método de práctica exigente y riguroso. Nuestros abogados están cualificados para ofrecer el mejor asesoramiento en procedimientos de todo tipo ante los tribunales estatales y de arbitraje.
Asumimos asuntos de cualquier tamaño y complejidad con el compromiso de ofrecer la mejor combinación de eficiencia y dedicación, basada en un análisis crítico de cada caso, la colaboración con el cliente y la atención constante a una metodología de trabajo efectiva.
Somos conscientes de la importancia de comprender los problemas de nuestros clientes y de saber cómo abordarlos de manera efectiva y eficiente. Nos preocupamos por ofrecer soluciones personalizadas que aporten valor añadido a nuestros clientes.
Modificaciones introducidas por el Real Decreto-Ley 15/2020 en el régimen de autorización de instalaciones eléctricas en Canarias
El 10 de septiembre de 2020, el Gobierno de Canarias aprobó el Decreto-Ley 15/2020, de 10 de septiembre, sobre medidas urgentes para fomentar los sectores primario, energético, turístico y territorial de Canarias ("DL15/2020"), para introducir una serie de medidas urgentes, con el fin de detener la caída de la actividad económica que ha sufrido el archipiélago debido a la situación de pandemia actual.
Estas medidas incluyen una serie de modificaciones a (i) el Decreto 141/2009, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula los procedimientos administrativos relativos a la ejecución y puesta en servicio de instalaciones eléctricas en Canarias ("D141/2009"); y a (ii) el Decreto 6/2015, de 30 de enero, por el que se aprueba el Reglamento que regula la instalación y explotación de parques eólicos en Canarias ("D6/2015"). Estas modificaciones buscan agilizar y simplificar los procedimientos administrativos para la puesta en marcha de este tipo de instalaciones, reduciendo los plazos de tramitación, introduciendo medidas de autocontrol por parte de los solicitantes, eximiendo la necesidad de licencia urbanística en determinados casos y simplificando los procedimientos de información pública, entre otras cuestiones.
Así, el artículo 2 del DL15/2020 establece que, por un período de dos años, a partir de la entrada en vigor del reglamento, se declara la urgencia de tramitación de los procedimientos para la concesión de las autorizaciones previstas en D141/2009 y D6/2015, reduciendo a la mitad los plazos para estos procedimientos. El artículo 3 del DL15/2020 exige a los solicitantes de autorización en virtud de D141/2009 y D6/2015 que incluyan con su solicitud un análisis de la conformidad o no conformidad del proyecto de instalación con la normativa urbanística aplicable. En el caso de las instalaciones renovables, el solicitante también debe solicitar expresamente un informe del Ayuntamiento afectado sobre la conformidad del proyecto con la normativa urbanística vigente. En caso de que el correspondiente Ayuntamiento se pronuncie favorablemente, el solicitante quedará exento de la licencia urbanística regulada por la Ley 4/2017, de 13 de julio, de Suelo y Espacios Naturales Protegidos de Canarias. El artículo 4 impone la obligación de tramitar la documentación técnica que los solicitantes deben aportar, durante el procedimiento, en formato digital.
Por su parte, el artículo 5 exime al Centro de Gestión competente, en determinados casos, durante la tramitación administrativa de modificaciones sustanciales no relevantes de instalaciones autorizadas, de la necesidad de evacuar el proceso de información pública o el informe de impacto ambiental. Se espera que estas medidas contribuyan a agilizar la ejecución de nuevos proyectos de instalaciones eléctricas y favorezcan la inversión en el sector energético canario, reduciendo la carga administrativa sufrida por los productores de energía y las administraciones encargadas de tramitar los procedimientos. Sin embargo, queda por ver si los recursos humanos y materiales disponibles para las Administraciones de Canarias serán suficientes para que estas medidas cumplan las aspiraciones que motivaron su adopción.
JVD Abogados obtiene medidas cautelares en procedimientos de arbitraje de emergencia bajo las reglas del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo
El 19 de julio de 2021, Antonio Delgado, socio de JVD Abogados, obtuvo una medida cautelar para su cliente en un arbitraje de emergencia sometido a las reglas de arbitraje del Instituto de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Estocolmo. La parte contraria estuvo representada por la firma estadounidense Baker & McKenzie. El idioma del arbitraje fue el inglés y el lugar fue Sundsvall, Suecia.
Toda la información sobre el procedimiento se puede encontrar en la orden del árbitro de emergencia, disponible en esta publicación.
Antonio Delgado, Socio de JVD Abogados, obtiene una favorable sentencia arbitral en Estocolmo
Antonio Delgado, Socio de JVD Abogados, ha obtenido una favorable sentencia arbitral, que otorga más de 120.000 euros en daños y perjuicios por incumplimiento de contrato en virtud de un acuerdo de distribución. El procedimiento se llevó a cabo en inglés y la ley sueca se aplicó al fondo de la disputa. Se pueden descargar extractos de la sentencia en esta publicación.
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"Excelente trato. Gracias Laura. Saludos."
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